ARTICULO IV. DE LOS REQUISITOS PARA UN NUEVO DOCTORANDO
Los requisitos para otorgar el grado de Doctor Honoris Causa son:
I. Haber sido propuestos por un miembro del Claustro.
II. Haber sido votado a favor para ingresar al Claustro con un 50% +1 en sesión ordinaria.
III. Reconocida conducta moral. (Este requisito puede ser atendido por trayectoria o con carta recomendación de 2 miembros del Claustro).
IV. Contar con los requisitos anteriores y por lo menos con 5 de los requisitos del numeral V al XII del presente Artículo.
V. Reconocimiento social por sus valores éticos (Este requisito puede ser atendido Por trayectoria).
VI. Reconocimiento Social por sus conocimientos y aportaciones ya sea en la docencia o la investigación (Este requisito puede ser atendido Por trayectoria).
VII. Reconocimiento Social por sus aportaciones en cualquier área del quehacer humano al que se dedique, sí y solo sí esta actividad impacta a su comunidad a nivel local, municipal, estatal, nacional o internacional. (Este requisito puede ser atendido por trayectoria).
VIII. Una trayectoria humanitaria, altruista y/o filantrópica.
IX. Reconocido Liderazgo en cualquier área del quehacer humano. (Este requisito puede ser atendido Por trayectoria de por lo menos 10 años).
X. Valor.
XI. Contar con Artículos, publicaciones y/o referencias periodísticas que en forma veraz informen, eduquen, promuevan la ciencia o que coadyuven al ejercicio de la libre expresión.
XII. Solo aplica para áreas científicas: Entrega de trabajo recepcional o protocolo científico por el que se le otorga el grado.
XIII. Apoyo Económico para la Fundación que en votación haya sido elegida por el Claustro.